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Novedades legislativas en España

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Mientras el Gobierno español ha iniciado el proceso para modificar la leyes de Marcas, Diseños y Patentes, con el objetivo de equiparar la normativa nacional a la realidad del mercado dinámico de la propiedad industrial y, con ello, dotar de una mayor claridad y seguridad jurídica a los usuarios del sistema de propiedad industrial (el texto del Anteproyecto de Ley puede consultarse aquí).

Recientemente se han introducido importantes novedades en lo referente a los Derechos de Autor y derechos afines en el mercado único digital.

A través del Real Decreto-ley 24/2021 (libro cuarto), se han transpuesto a la normativa nacional, entre otras, las Directivas 2019/789, sobre el ejercicio de los derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea de los organismos de radiodifusión y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, y  2019/790, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital.

Entre las diversas novedades introducidas, destacamos:

  • La obligación de los prestadores de servicios de contenidos de adoptar medidas adecuadas para garantizar la protección de estas, pues serán responsables de los actos no autorizados de comunicación pública, a menos que demuestren:

– Que han realizado sus mayores esfuerzos para conseguir autorización y para garantizar la indisponibilidad de las obras.

– Que han actuado de manera expeditiva al recibir la correspondiente notificación del titular de derechos para inhabilitar o retirar las obras, así como para evitar que se vuelvan a cargar más adelanto.

  • La ampliación del límite para la utilización de obras sin la correspondiente autorización cuando la finalidad de dicho uso sea la enseñanza y/o la investigación científica, incluyéndose su uso por medios digitales.
  • El establecimiento de dos nuevos límites a los derechos de PI:

– el de la minería de textos y datos, según el cual no será necesaria la autorización del titular de los DPI cuando se utilicen para dicha actividad (minería).

– el del pastiche, aplicable a entornos offline y online, según el cual no será necesaria la autorización del autor para realizar una transformación de una obra divulgada y su combinación con otras.

  • La obligación de transparencia que los autorizados y cesionarios de los derechos de explotación deben tener al proporcionar información sobre la explotación e ingresos generados por una obra para determinar una remuneración adecuada y proporcional a los autores, artistas, intérpretes y ejecutantes de dicha obra. Además, si existiese una manifiesta desproporción entre la remuneración pactada y los ingresos derivados de la obra, se podrá revisar el contrato por remuneración no equitativa.
  • La eliminación de la gestión colectiva obligatoria e irrenunciable, lo que afectaba os agregadores y buscadores de contenido. Ahora se podrán negociar autorizaciones individuales.
  • Se otorga como nuevo derecho conexo a favor de las editoriales de publicaciones de prensa y agencias de noticias, el derecho exclusivo de reproducción y de puesta a disposición del público, respecto a los usos en línea de sus publicaciones de prensa por parte de los prestadores de servicios de la sociedad de la información.

Esperamos que esta información le sea de utilidad. Si necesita alguna aclaración o tienen alguna duda estamos a tu entera disposición.

Carlos Polo & Asociados

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